Extranjeros sí podrían ser deportados por protestar
El Servicio Nacional de Migración tiene la facultad de deportar y ordenar el impedimento de entrada al país si considera faltas a la seguridad pública
Extranjeros en Panamá han participado en las manifestaciones contra el contrato minero, un acto que, según abogados, podría ser contraproducente hasta significar su deportación, de acuerdo a las leyes migratorias.
Según presidente de la Comisión de Derecho Electoral de Colegio Nacional de Abogados Garrit Geneteau Real, hay artículos claros en la Constitución que regulan estas prácticas, entre ellos el 15 y el 38.
“¿Ellos pueden manifestarse de manera pacífica?, sí, pero solo por situaciones de su país de origen. Por ejemplo, las concentraciones para orar por las naciones en guerra o conflicto. Los únicos que pueden protestar por hechos políticos en Panamá, son los propios nacionales”, sostuvo el abogado.
El Servicio Nacional de Migración tiene la facultad de deportar y ordenar el impedimento de entrada al territorio nacional a los extranjeros que atenten contra la seguridad pública, conforme al artículo 65 del Decreto Ley 3 del 22 de febrero de 2008.
Sin embargo, Geneteau Real, aclaró que esto podría depender de sus estatus y posibles acuerdos que los amparen a favor. “Tal es el caso de cualquier pareja extranjera que tenga hijos en común, nacidos en Panamá; ellos estarían dentro de un acuerdo conocido como reagrupación familiar y recordemos que constitucionalmente la familia y los niños son protegidos”.
El también abogado Ernesto Cedeño insistió en que las normas migratorias destacan que los extranjeros no deben participar en la política interna. “Mi recomendación es: Si su estatus es de extranjero, no se involucre en hechos políticos; la política interna aquí es para los panameños. No comprometa su estadía”.
En tanto, los naturalizados tienen los mismos derechos y deberes que los ciudadanos panameños.