Economía

Publican decreto que convierte acuerdos de la mesa tripartita en normas obligatorias

13 de julio de 2020

En Gaceta Oficial se promulgó el Decreto Ejecutivo N° 101, por el cual se establece que los acuerdos de la mesa tripartita del diálogo para la economía y el desarrollo laboral, en materia de jornada de trabajo, se convierten en norma de carácter obligatorio.

Entre los compromisos que se adquirieron con las jornadas de negociación está el acuerdo de modificación o reducción temporal de la jornada de trabajo, que incluye convertir métodos para lograr la recuperación gradual de la jornada de trabajo a los niveles existentes antes de la crisis, la cual no afectará la rata por hora pactada en el contrato vigente.

La reducción temporal o modificación de la jornada de trabajo tendrá una disminución máxima del 50% de las horas de trabajo por mes; mientras que los acuerdos suscritos durante el año 2020, por empleadores y la organización sindical, o de los trabajadores donde exista ésta, no extenderán más allá del 31 de diciembre de 2020.

Este decreto también establece que los descuentos y retenciones legales serán ajustados de conformidad con el salario que resulte de la modificación de la jornada de trabajo acordada, conforme a los porcentajes establecidos en el Artículo 161 del Código de Trabajo.

Por último, agrega que, durante el tiempo de vigencia del acuerdo de modificación temporal de la jornada de trabajo de los efectos del contrato de trabajo, las empresas podrán contratar trabajadores, siempre que dichas contrataciones se refieren a posiciones nuevas, para las cuales no se cuente con personal antes del acuerdo de la reducción temporal de la jornada laboral. La decisión de contratación deberá ser informada por escrito a la organización sindical, o a los trabajadores donde exista.

Este decreto empieza a regir a partir de la fecha.

 

 

 

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