Economía

Esperan fin del estado de emergencia para actuar por mora en alquileres

18 de noviembre de 2021

En medio de la  incertidumbre está el  mercado de bienes  inmobiliarios debido a  las regulaciones que fueron establecidas para mitigar los efectos de la pandemia provocada por el nuevo coronavirus,  en  la cual se aprobó una moratoria para el pago de cánones de los arrendatarios, mientras durara el Estado de Emergencia en el país.  

José Antonio Díaz, presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles (API), confirmó que “nos reunimos con el ministro de vivienda en octubre y nos dio la esperanza de que ahora en el mes de noviembre o diciembre pudiera levantarse el Estado de Emergencia; si el Estado de Emergencia se levanta, esperamos que volvamos a todas las leyes que anteriormente regían la materia, de manera que tengamos la libertad de actuar, ver cómo  recuperamos las morosidades a través de arreglos, demandas.  Que la  gente sepa que no han sido condonados los alquileres, que hay que pagarlos”.

La desocupación comercial está en 35%. Un 20% de  residencial. Precios de arrendamiento bajaron 50% .

Por su parte, Luis Pimentel, expresidente  presidente de la Asociación Panameña de Corredores y Promotores de Bienes Raíces (ACOBIR), dijo que “el  sector lentamente se está recuperando.  Los desarrolladores necesitan salir del inventario para entonces poder invertir en nuevas construcciones”.

Agregó que “el alivio económico que permitió la moratoria, sí afecta un poquito lo que sería el desarrollo de la actividad inmobiliaria, era justo y necesario, pero ahora que estamos saliendo de este sistema,  tenemos que prepararnos y tenemos que hacerle frente a eso”.  

Los decretos

 La API  pidió  derogar tres decretos.  Se trata de los decretos 145- 314 y 411 de 2020. El primero estableció medidas sobre arrendamientos, procesos de desalojos.  El segundo modificó cinco artículos de la norma que suspendía los trámites y desalojos de bienes. 

El 411 suspendió  los trámites y desalojos de bienes para uso habitacional, locales comerciales y de  uso profesional, siempre y cuando el arrendatario presentara pruebas de que estaba afectado económicamente.   

OPINION

MAYELA DE SEDAS
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