La Línea 3 del Metro, afectada por huelga
La fase elevada se estima que culmine en el primer semestre del 2027, y que el proyecto esté completamente listo en el segundo semestre del 2028
Hoy se cumplen cinco días sin avances de la obra de la Línea 3 del Metro, por lo que el cronograma de entrega del proyecto, estaría afectado con la huelga indefinida que declararon los trabajadores desde el lunes 6 de enero.
“Este conflicto se origina por el incumplimiento por parte del Consorcio HPH Joint Venture con el convenio colectivo, especialmente con los pagos del salario legal”, declaró Saúl Méndez, secretario del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción y Similares (Suntracs), quien agregó que las conversaciones no se han detenido.
“Antes y durante, las negociaciones siguen, porque la única manera de levantar la huelga es con un claro acuerdo”, expresó el dirigente.
Por su parte, la posición de la empresa HPH, responsable de la construcción de la Línea 3 del Metro, se mantiene en que “los cálculos y pagos realizados durante el periodo de septiembre de 2021 a junio 2023, respetan las normativas laborales panameñas, incluyendo recargos y prestaciones”.
“La huelga del Suntracs compromete el avance de la obra, que actualmente mantiene un avance de 73% en la línea principal”, añadieron de HPH.
En tanto, del Metro de Panamá indicaron que están dando seguimiento de cerca al caso y que “confían que las partes encontrarán una solución satisfactoria en el menor tiempo posible”.
ml | El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel) reiteró que continuará facilitando el proceso de las negociaciones para llegar a un consenso “apegado a lo que establece el Código de Trabajo, sin afectar la decisión que puedan tener las partes para lograr un resultado favorable”.
Además, detalló que el lunes pasado, luego de meses de negociación, la Dirección Regional del Ministerio en Panamá Oeste ordenó un arbitraje y decretó la suspensión de la medida de huelga.
El abogado laboralista Samuel Rivera explicó que la orden de Mitradel es “una opción que tienen las partes para decidir si el conflicto se somete total o parcial a arbitraje o no”.
El Código de Trabajo, en su artículo 452, establece que el proceso será sometido a arbitraje en los siguientes casos: Si ambas partes acuerdan someterse al arbitraje; si los trabajadores, antes o durante la huelga, solicitan el arbitraje a la dirección regional o general de trabajo o si el conflicto colectivo se produce en una empresa de servicio público”.