Economía

“No hay intención de expropiar con nueva ley de arrendamiento”, Paredes

09 de septiembre de 2020

El Ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MIVIOT), Rogelio Paredes, explicó que el proyecto de Reforma de la Ley 93 de 4 de octubre de 1973, que dicta medidas de arrendamiento y otras disposiciones, no tiene intención de “expropiar ni despojar a nadie de su bien”. 

“No es un artículo nuevo (el artículo 31) pero sí se trata de una reforma que queremos hacer a la ley de arrendamiento, porque ha pasado mucho tiempo y efectivamente tenemos que modificarla. Con la única diferencia, ya no dice MIVI sino MIVIOT. Ese artículo  permite al ministro del ramo tomar alguna instalación, aunque sea privada, en un caso de contingencia para resolver algún problema, un fuego, deslizamiento de tierra, desplome”, manifestó Paredes.

El borrador del proyecto  ha sido enviado a los gremios para consulta. Paredes indicó que “tenemos que buscar una fórmula diferente como que no se vea que hay una ocupación a la fuerza y en efecto la ley lo permite, desde 1993, pero estamos a tiempo de eliminarlo, nadie se debe preocupar. El tema no amerita una situación de mucho peligro, porque no se trata de apropiar nada”.

“En la revisión que se está haciendo de esa ley  todavía tenemos que hacer varias consultas más y esas y otros temas pueden ser eliminados  o modificados parcialmente”, señaló. El funcionario añadió que  “yo opino que parte de eso si va a ver que eliminarlo porque eso ahora  colisiona con la nueva ley de Contrataciones Públicas, donde ya no puedes hacer una contratación directa con nadie, en efecto, lo que estaba pasando hasta ahora”. 

 Juan Carlos Araúz, presidente del Colegio Nacional de Abogados (CNA), detalló que “el interés general siempre debe prevalecer sobre el interés particular, el desarrollo de lo que se conoce como derecho de emergencias involucra una serie de normativas que permite actuar a las autoridades  rápidamente para impedir un mal mayor. En el caso de los inmuebles es necesario colocar que  el valor a pagar, que debe ajustarse a las reglas de mercado para evitar arbitrariedades en los usos sin justa remuneración”.  

Araúz agregó que “de igual manera debe ajustarse una definición de temporalidad, ya que la vida de un ser humano es temporal pero puede alcanzar los 100 años”.      

Opiniones

Mayela De Sedas
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