Actos en defensa propia pueden caer en delitos

¿Actuar o no en defensa propia? Es la preocupación que siente la ciudadanía por decisiones de tribunales en determinados procesos.
Uno de los más recientes casos, en el cual una persona deberá pagar 3 mil dólares de indemnización por las heridas que le propinó al delincuente que ingresó a su vivienda para robarle en La Prosperidad, en David, Chiriquí, ha sido cuestionado.
El abogado Víctor Orobio señaló que “si la persona actúa en legítima defensa no es considerado delito”. Sin embargo, aclara, “tiene que haber una proporción en el ataque injusto y en lo que va a usar la persona agredida para repeler la agresión. No puede ser que si alguien me va a atacar con una navaja, por ejemplo, yo saque un machete y lo corte”. “Esto está regulado en artículo 31 y 32 del Código Penal, son causas de justificación”, dijo.
Iris Muir, abogada penalista, manifestó que “si quien se defendió demuestra la legítima defensa se le debe eximir de responsabilidad penal y también de responsabilidad civil de resarcir daños”. El Código Penal dice que “no comete delito quien actúe en legítima defensa de su persona cuando se utilice un medio racional para impedir o repeler la agresión”.
Thaylin Jiménez
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