Asamblea Nacional flexibiliza requisitos para nuevos abogados y desata críticas
La medida elimina la obligatoriedad del examen de barra, como único requisito para ejercer la abogacía, y establece que las nuevas disposiciones aplicarán únicamente a quienes inicien la carrera después de la promulgación de la ley

La Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el Proyecto de Ley 168, que modifica y deroga artículos de la Ley 350 de 2022.
Esta norma ofrece a los estudiantes de derecho tres alternativas para obtener el certificado de idoneidad profesional: aprobar el examen de barra (ahora opcional), presentar una tesis publicada en una revista indexada o especializada, o realizar un servicio voluntario de tres meses en despachos, juzgados del Órgano Judicial, el Ministerio Público o instituciones públicas con asesoría legal.
El diputado proponente, Ernesto Cedeño, defendió el proyecto y criticó que en 2022 “se le cambiaron las reglas del juego a los estudiantes” al imponerles el examen de barra de forma obligatoria sin estar previsto en su formación.
Cedeño añadió que “la Corte Suprema de Justicia no tiene facultades para establecer un examen de suficiencia”, ya que no es una universidad, y que “el profesionalismo de los abogados radica en el pénsum académico”.
Por su parte, el diputado Luis Eduardo Camacho argumentó que “los estudiantes y profesionales idóneos reconocían que el examen de barra, así como fue impuesto, era injusto. Este examen lo que buscaba era limitar la competencia entre abogados”.
En tanto, el Colegio Nacional de Abogados (CNA) sostuvo que el proyecto fue aprobado “sin escuchar ni considerar las observaciones del gremio, lo cual pone en riesgo el fortalecimiento del ejercicio profesional de la abogacía y el respeto al marco institucional que rige nuestra labor”. La nueva ley espera ser sancionada.