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Gisela del Carmen Agurto y Carlos Ernesto Villalobos, nuevos magistrados de la Corte Suprema de Justicia

09 de septiembre de 2025

El Consejo de Gabinete aprobó la designación de dos nuevos magistrados para la Corte Suprema de Justicia (CSJ), según lo establecen las resoluciones publicadas este martes.

Mediante la Resolución 107-25, se designó a Gisela del Carmen Agurto Ayala como magistrada de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral de la CSJ, en reemplazo de Cecilio Cedalise Riquelme, cuyo periodo llegó a su fin.

El documento señala que Agurto “actualmente es magistrada suplente de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral”. La jurista es egresada de la Universidad Santa María la Antigua y cuenta con una maestría de la Universidad de Tulane, en Louisiana. Además, “ha ocupado diversos cargos como jueza del Tribunal Marítimo, de juzgados municipales civiles, magistrada suplente del Tribunal Superior de Familia, entre otros”.

Por su parte, la Resolución 108-25 aprobó la designación de Carlos Ernesto Villalobos Jaén como magistrado de la Sala Primera de lo Civil de la CSJ, en reemplazo de Ángela Russo Mainieri, a quien también se le vence el periodo.

Villalobos es abogado litigante egresado de la Universidad de Panamá, con más de dos décadas de trayectoria en el ámbito del derecho civil. De acuerdo con la resolución, posee experiencia en “contratos bancarios y de seguros, propiedad horizontal, derechos hereditarios, recursos de casación y amparo de garantías constitucionales, entre otros”.

Asimismo, acredita un postgrado en Derecho Procesal Civil. Su labor ha sido reconocida en distintas ocasiones: “Villalobos recibió del Colegio Nacional de Abogados la Medalla Ascanio Mulford, de la Asociación Bancaria de Panamá, un reconocimiento por su trayectoria y apoyo a la figura del fideicomiso. Por su parte, la Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresa le otorgó un reconocimiento por su valiosa participación como exponente en los conversatorios sobre el Proceso Ordinario en el Nuevo Código Procesal Civil”.

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