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Meduca aclara decreto que considera a docentes según especialidad

01 de agosto de 2019

El Ministerio de Educación aclara que en atención a las consultas recibidas por parte de los docentes que han participado en el Concurso de Nombramiento 2015, respecto a la eliminación de la puntuación de los títulos académicos que no son de la especialidad antes de la vigencia del Decreto Ejecutivo No.1166 de 19 de noviembre de 2013 que modifica el artículo 87 del Decreto Ejecutivo No.203 de 1996, se hace necesario explicar el contenido del texto de la norma, para efectos de su aplicación.

La cual señala que "...A partir de la vigencia de este Decreto Ejecutivo, solo se tomarán en cuenta los títulos y documentos académicos del educador relacionados con el cargo para el cual aspira..."

En este sentido la norma legal, indica que el Decreto Ejecutivo No.1166 de 19 de noviembre de 2013 entró a regir el 20 de noviembre de 2013 y en virtud de ello la puntuación otorgada a los títulos académicos (entendiéndose como tales los doctorados, maestrías, postgrados, profesorado, licenciaturas, técnico superior universitario y técnico superior no universitario) inscritos en el Registro Permanente de Elegibles, antes de la vigencia del citado decreto se mantiene, aun cuando no sean de la especialidad de la cátedra para la que aspira.

Los títulos inscritos en el Registro Permanente de Elegibles, después que entró a regir el referido decreto, el 20 de noviembre de 2013, y que no guarden relación con la especialidad para la cual el docente aspira, no podrán ser considerados para efectos de puntuación, de acuerdo a la norma vigente.

El Ministerio de Educación reitera a la comunidad docente que la aplicación de este decreto responde a un proceso transparente en los concursos realizados en la presente administración y que puede ser mejorado, luego de las respectivas consultas.

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