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MiAmbiente prohíbe ingreso de plásticos y foam en áreas protegidas a partir de enero 2026

01 de noviembre de 2025

El Ministerio de Ambiente (MiAmbiente) anunció que, a partir del 1 de enero de 2026, quedará prohibido el ingreso, uso, comercialización y distribución de productos plásticos y de poliestireno (foam) de un solo uso dentro de las áreas que conforman el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP).

La entidad indicó en un comunicado que la medida fue oficializada mediante la Resolución No. DM-0496-2025, publicada en la Gaceta Oficial Digital No. 30398-C, y tiene como objetivo proteger los ecosistemas naturales del país mediante la eliminación de materiales contaminantes que afectan los suelos, los ríos, las costas y la biodiversidad presente en estos espacios.

La disposición aplica a visitantes, operadores turísticos, concesionarios, investigadores, contratistas, voluntarios y funcionarios de MiAmbiente o de cualquier otra entidad que realice actividades dentro de las áreas protegidas.

Entre los artículos prohibidos se incluyen botellas plásticas desechables, vasos, platos y bandejas de poliestireno expandido (foam), bolsas no biodegradables, carrizos, revolvedores y cualquier otro producto plástico de un solo uso que no sea reutilizable, compostable o biodegradable.

En su lugar, solo podrán utilizarse envases y utensilios reutilizables o fabricados con materiales de bajo impacto ambiental, tales como vidrio, acero inoxidable, cartón certificado o bambú, de acuerdo con las directrices establecidas en la Guía Interna de Reducción de Plásticos de un Solo Uso del ministerio.

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