Opinión

El Fondo de Garantía de AMPYME

06 de octubre de 2021

Cuando la AMPYME es creada en la Ley No. 8 del 29 de mayo de 2000, su primer programa fue el Fondo de Garantías, nombrado para ese entonces como “Programa para el Financiamiento a la Pequeña y Mediana Empresa (PROFIPYME).

En resumen, cuando un empresario o emprendedor solicita un préstamo a las entidades financieras (EFIN), pero sus garantías no son suficientes o no son admisible, Entonces a través de la figura de garantías complementarias de Profipyme, se complementa la garantía principal, haciendo con esto que el préstamo tenga una cobertura en caso de ser requerida por incumplimiento.

Básicamente es un apoyo (y no un subsidio) para Micro y Pequeña Empresa (MYPES), que no cumplen con una cobertura suficiente de garantía para su solicitud de crédito.

Por tanto; son las EFIN las que solicitan las garantías a la AMPYME, para el emprendedor o empresario MYPES que luego de un análisis de crédito, ha cumplido con los requerimientos iniciales de sus Políticas de Crédito, y se determina que es necesario para acceder al préstamo que se le apoye con las garantías complementarias de este programa.

 Las EFIN ingresa a este programa mediante la afiliación al Sistema Nacional de Fomento Empresarial (SNFE) de AMPYME, además de la firmar de un convenio.  

También; se verifica que las MYPES estén inscritas en el Registro Empresarial de la institución, No tener otra garantía vigente, y no estar en la lista de incumplimiento de alguno de los programas de dicha autoridad. Gracias al Decreto Ejecutivo N° 233 del 4 de septiembre de 2020, firmado por el Presidente Laurentino Cortizo, y con el objetivo de incentivar la creación de nuevas empresas y expandir la productividad de las MYPES ya existentes, el nombre del proyecto es cambiado a

“Programa para el Financiamiento a la Micro y Pequeña Empresa” (PROFIMYPE), con esto se incrementó los límites a los montos porcentuales de las garantías para emprendimiento informal y microempresas informales, con cobertura hasta el 90%, además de elevarlas hasta B/. 5,000.00 el monto a garantizar, En microempresas formales y emprendimiento formal con monto a garantizar hasta B/. 35,000.00 y con cobertura de hasta un 80%, y pequeñas empresas monto a garantizar hasta un B/. 70,000.00, y cobertura hasta 80%.
La cobertura para los Préstamos a término, Líneas de crédito, Leasing y Factoring, con plazos de hasta 15 años. Además; Los usos permitidos para los créditos garantizados son para Capital de trabajo, Adquisición de activos fijos, Remodelación, Instalación de equipos, Compra de inventario. Con esto cambios se logra la actualización de la Resolución AMPYME 10-2003, donde se amplió la base de actividades elegibles para la cobertura de las garantías.

Aunado a esto, a través del acuerdo 5-2020 de la Superintendencia de Bancos de Panamá (SIB), se constituye la Carta de Garantía como colateral financiero admisible. Reconocimiento que tomo más de 20 años lograr, todos estos cambios ayudaron a la creación del ecosistema de Banca de oportunidades; el cual ha emitiendo en el último año 6,520 garantías, por un monto de B/. 29,165,219.

 

Arturo Arango Osorio
[email protected]
Consultor Financiero y Negocios
Actual  Subdirector General de la AMPYME
 

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