Opinión

Subsidios y donaciones inconstitucionales

01 de agosto de 2019

CwCtmz0UMAAl3c2

En sentencia del Pleno de la Corte Suprema de Justicia del 16 de marzo de 2017, bajo los tramites de notificación a partir del 22 de junio del año en curso; se declaró inconstitucional, el decreto proferido por la Contraloría que regulaba los donativos y subsidios otorgados en la Asamblea Nacional (AN), a solicitud del suscrito. La Corte dijo que el constituyente optó por no asignarle competencia ni funciones a la AN para que concedan subsidios y donativos.

“Según se observa, los fines constitucionales antes mencionados, que se deben alcanzar mediante otras instituciones nacionales y/o locales, no dan espacio para que la AN pueda dedicarse a realizar actividades que no le corresponden, porque son propias de otras autoridades del Estado, como las relacionadas con los subsidios y donativos”. Dijo la Corte. La sentencia dice: “El decreto de la Contraloría, al establecer la manera como la AN podría otorgar subsidios y donativos, omitió tener en cuenta el hecho de que la AN no puede concederlos. Por ello, porque un decreto no puede autorizar lo que la Constitución prohíbe, por ser de menor jerarquía que ésta, la contradicción que tiene lugar entre aquel y ésta se resuelve declarando inconstitucional tal decreto”.

 Finaliza la Corte plasmando que: “En este orden de ideas, si la AN no puede otorgar subsidios y donativos, ninguna ley, decreto, reglamento, resolución o acto de cualquier naturaleza expedida por alguna autoridad, puede regular la manera en que la AN podría otorgar subsidios y donativos, pues la concesión de tales constituye una actividad que la Constitución determina que no es propia de la AN”.  * El autor es abogado.

Contenido Patrocinado
TE PUEDE INTERESAR