El ABC de la ley que regula prima de antigüedad de funcionarios

La Ley 241 de 13 de octubre de 2021 que reconoce el pago de la prima de antigüedad de los servidores públicos empezó a regir el viernes, luego de ser publicada en la Gaceta Oficial.
La norma establece que funcionarios permanentes, transitorios, contingentes de Carrera Administrativa y de otras carreras públicas y leyes especiales (doctores, educadores, policías) tiene derecho a recibir el equivalente a una semana de salario por cada año laborado, desde el inicio de la relación permanente hasta su desvinculación.
El beneficio será retroactivo a partir del 1 de abril de 2014, explica el abogado Carlos Ayala Montero, asesor del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.
“Con esta ley se puede pagar la prima de antigüedad sin esperar el nombramiento de los magistrados del Tribunal Administrativo de las Funciones Públicas”, detalló.
La norma también cubre a los funcionarios que fallecieron. En este caso, el artículo 7 de la Ley establece que “los herederos o beneficiarios de los servidores públicos fallecidos podrán tramitar el pago de la prima de antigüedad a través de los procedimientos descritos en la Ley 10 de 1998”.
También se decretó la exclusión de los servidores públicos que fueron escogidos por elección popular, los ministros y viceministros de Estado, los directores y subdirectores de entidades autónomas y semiautónomas, los gerentes y subgerentes de sociedades anónimas en las que el Estado tenga una participación mayoritaria en el capital accionario, administradores y subadministradores, personal nombrado por consultoría, los de libre nombramiento y remoción.
También se excluye a aquellos que se retiraron después de haber sido nombrados por periodos fijos establecidos por la Constitución Política o la Ley.
La última entidad en la que laboró la persona deberá realizar el pago.
El asesor legal de Federación Nacional de Asociaciones y Organizaciones de Empleados Públicos (FENASEP), Augusto Berrocal, manifestó que al menos 100 mil funcionarios serán beneficiados desde el 2014 hasta la fecha.
“Mi recomendación es solicitar en la entidad donde laboró o la Contraloría, si fueron varias, la certificación del periodo laborado, y solicitar el pago de la prima adecudada”, afirmó.
Se entiende que no hay continuidad cuando el servidor público se haya desvinculado definitivamente del servicio del Estado por más de sesenta días calendario sin causa justificada.
Consejo General de la Universidad de Panamá paga este beneficio desde 2017
La Universidad de Panamá es una de las entidades estatales que paga la prima de antigüedad desde septiembre de 2018, explicó Damián Espino Castillo, secretario general Sindicato de Trabajadores (SINTUP).
El docente explicó que esta norma trabaja en función de la autonomía de la institución, la propia convención colectiva interna y el reglamento de carrera administrativa.
La normativa de la UP detalla que “recibirán prima por antigüedad los profesores y el personal administrativo que deje su puesto de trabajo por renuncia, jubilación, pensión por vejez, fallecimiento, retiro definitivo por incapacidad vitalicia concedida por la Caja de Seguro Social (CSS), o que haya finalizado la relación laboral con la institución”.
Yalena Ortíz
[email protected]
Twitter: yortizML
Instagram: yalena_ortiz