Economía

Emiten directrices para una transición ordenada de los despachos del Estado

09 de mayo de 2024

La Contraloría General de la República difundió este jueves, 9 de mayo, las directrices para garantizar una transición presidencial ordenada y efectiva; previo a la toma de posesión del presidente electo y todo su gabinete el próximo 1 de julio.

Según la Contraloría, estas medidas pretenden asegurar que el traspaso de poderes en las instituciones públicas se realice sin problemas y con total transparencia.

Entrega de despachos

Para garantizar una transición eficiente, los funcionarios de las unidades de Auditoría Interna y Dirección Administrativa de las Instituciones Públicas serán responsables de supervisar el traspaso de los despachos de los titulares salientes a sus homólogos entrantes. Este proceso se llevará a cabo utilizando el modelo de Acta y sus Anexos proporcionado a cada entidad.

En el caso de las Juntas Comunales, los colaboradores de Auditoría Interna y Dirección Administrativa del Municipio correspondiente realizarán el traspaso del despacho y deberán remitir copia de la documentación sustentadora a la oficina de Fiscalización del Municipio en un plazo máximo de dos días hábiles después de la entrega.

Pago de pasivos laborales

Además, cada entidad debe adoptar medidas que garanticen el pago de vacaciones y otros pasivos laborales a los titulares que terminen su gestión el 30 de junio de 2024. Para esto, las instituciones deben gestionar los recursos presupuestarios necesarios ante el Ministerio de Economía y Finanzas, garantizando que se imputen a la partida correspondiente. La Contraloría General supervisará la correcta ejecución y fiscalización de estos pagos para asegurar su conformidad con la normativa.

Fiscalización y servicios de telefonía celular

La documentación sustentada de los pagos de pasivos laborales deberá ser presentada a las oficinas de fiscalización a partir del 3 de junio de 2024. Además, el uso de teléfonos celulares debe ajustarse a los límites contratados según el Artículo 304 de las Normas Generales de Administración Presupuestaria. Cualquier exceso en el uso de estos servicios deberá ser cancelado por el usuario antes del pago de sus prestaciones económicas pendientes.

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