Economía

Gobierno aprueba proyecto de ley para crear Programa de Pasantía dirigido a jóvenes

26 de agosto de 2025

El Consejo de Gabinete aprobó el proyecto de ley N. 29-25, que establece el Programa de Pasantía con el objetivo de “incentivar la creación de oportunidades laborales en el sector privado, dirigido a jóvenes en formación o con formación académica provenientes de la educación media, universitaria, vocacional o técnica, comprendidos entre los 18 a 25 años de edad, o menor de edad con título de educación media”.

El programa busca “brindar a los jóvenes beneficiarios la oportunidad de participar en empresas o entidades no lucrativas para que desarrollen sus capacidades y su experiencia en campo, permitirles que puedan aplicar a posiciones formales en el sector laboral y, a la vez, contribuir a la disminución de la tasa de desempleo en la República de Panamá”.

El proyecto establece que la participación en el Programa de Pasantía será voluntaria, por lo que “podrán participar todas aquellas empresas y entidades no lucrativas, nacionales o internacionales, establecidas o con sedes en la República de Panamá”.

El número de pasantes dependerá del tamaño de la planilla de cada empresa. Por ejemplo:

Empresas con hasta 50 empleados podrán incorporar hasta 2 pasantes.

Empresas con 51 a 100 empleados podrán incorporar hasta 4 pasantes.

Empresas con 200 o más empleados podrán incorporar hasta un máximo del tres por ciento (3%) de su fuerza laboral.

Asimismo, se establece que “la empresa no podrá sustituir empleos formales por pasantes”. En caso de que la compañía desee incorporar más pasantes de los límites establecidos, deberá “solicitar autorización formal debidamente sustentada ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral para su evaluación, conforme se establezca en la reglamentación”.

La duración máxima de la pasantía será de un año. El documento aclara que “la pasantía no dará lugar a una relación laboral entre la empresa o entidad participante y el pasante, ni originará las prestaciones laborales u otros derechos de carácter social que comprenden a la relación laboral formal”.

Durante este período, el pasante percibirá, en concepto de retribución por pasantía, la suma de B/.450.00 mensuales. Además, se indica que “el subsidio que reciba el pasante no constituirá salario, por lo que no será objeto de deducciones fiscales ni de seguridad social”, y que “la empresa o entidad participante puede reportar el importe pagado como gasto deducible para efectos fiscales”.

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