Economía

Profesiones liberales obligadas a presentar factura electrónica

Según la DGI, las sanciones por no facturar electrónicamente, comienzan en $1,000 en el primer caso, con el objetivo principal de educar e invitar a los contribuyentes a registrarse y cumplir con la normativa

18 de diciembre de 2023

A partir de enero de 2024, todas las personas que ejercen profesiones liberales en Panamá tienen la obligación de emitir facturas electrónicas por los servicios que prestan.

La profesiones liberales son aquellas que permiten que las personas, con formación profesional o técnica brinden un servicio y cobren por el mismo. La obligación de facturar se extiende a abogados, arquitectos, doctores, contadores, periodistas, plomeros, electricistas, y cualquier persona que ofrezca un servicio.

La Dirección General de Ingresos (DGI) explicó que la facturación electrónica tiene dos modalidades. La primera es el facturado gratuito ofrecido por la entidad, permitiendo hasta 500 documentos para aquellos que están dentro del rango del millón de dólares de ingresos anuales brutos. Para pequeños microempresarios con ingresos de hasta 36,000 dólares, el uso de esta aplicación será ilimitado.

Donaldo Sousa, presidente de la Federación de Asociaciones Profesionales de Panamá (FEDAP), indicó que “esta factura dispuesta para las profesiones liberales, no procede porque es inconstitucional” ya que viola el artículo 40 de la Constitución. Allí se establece claramente cuáles son las únicas normas que se pueden emitir con relación a las libre profesiones, las artes y oficios establecer una factura electrónica no está contemplado”.

También señaló que la ley “viola la confidencialidad del cliente”, por ejemplo, si un médico atiende a un paciente psiquiátrico debe enviar su nombre completo, por qué se atendió, cuánto le pagó por la consulta y demás.

El expresidente del Colegio Nacional de Abogados, Juan Carlos Araúz, señaló que “la forma en la que se legisló desconociendo la naturaleza de los servicios profesionales que no podía ser bajo el mismo paraguas de una regulación que aplica para los comercios, porque su naturaleza está diferenciada. El instrumento que regula los temas comerciales no puede ser el instrumento que aplica para los servicios profesionales”.

Demandas en contra de ley

El presidente de la FEDAP, Donaldo Sousa, dijo que la asociación presentó un recurso de inconstitucionalidad y la Corte Suprema de Justicia dijo que “no la acogía porque consideraba que no estaba muy claro el sustento”. Detalló que esta semana presentarán otro recurso.

El abogado Juan Carlos Araúz dijo que Colegio Nacional de Abogados presentó una demanda en contra de la Ley hace tres semanas. Recientemente el Consejo Nacional de Cooperativas (CONALCOOP) interpuso una acción de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), contra la facturación electrónica en las cooperativas.

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