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CSJ admite demanda contra resolución del Senan sobre acceso restringido a información de la entidad

01 de septiembre de 2020

La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió la demanda Contenciosa Administrativa de Nulidad contra la Resolución No. 39, expedida por el director del Servicio Nacional Aeronaval, Ramón Nonato López, por medio del cual se clasifica como confidencial y de acceso restringido la información o datos que emite maneja y trata la entidad de seguridad policial.

El Recurso Contencioso que fue presentado en su propio nombre y representación por el abogado Justino González, sostiene que la Resolución 39 del Senan publicada en la Gaceta Oficial No. 29085 de jueves, 06 de agosto, de 2020, "padece de vicios ostensibles de ilegalidad y desviación de poder, porque persigue el fin ilegal de ocultar información pública". 

La Resolución 39 del Senan, infringe la Ley 6 de 22 de enero de 2002, el Decreto Ejecutivo No. 246 de 15 de diciembre, de 2004, “Por el cual se dicta el Código Uniforme de Ética de los Servidores Públicos que laboran en las entidades del Gobierno Central y Ley 38 de 31 de julio, de 2000, advierte el Recurso Contencioso de Nulidad", señaló el abogado. 

Sostiene la demanda que la resolución expedida por el Senan "tiene la apariencia de estar ceñida a derecho, pero su fin es desconocer la transparencia en la función pública, la rendición de cuentas y sobre todo ocultar información pública que debe ser proporcionado a todos los interesados". 

Según el jurista González, "el Senan se pretende amparar dentro de un manto de impunidad al pretender calificar información confidencial y acceso restringido datos, documentos, hechos, indicios que son necesarios para investigaciones penales, administrativas, disciplinarias e incluso procesos civiles, laborales o de otra índole con el pretexto de controlar toda la información".

Constancia demanda

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