Nacionales

Los jubilados tienen una ley que los protege si adeudan a los bancos

02 de agosto de 2019

Los adultos de la tercera edad y los jubilados cuentan con una ley que los protege para que en el caso de que no puedan pagar sus deudas con entidades bancarias, no les puedan embargar sus pensiones ni bienes personales.


Dayra de Saurí, gerente ejecutiva de Banca de Consumo del Banco Nacional de Panamá, informó que se trata de la Ley 37 de 10 de julio de 2001, que establece normas protectoras para los jubilados y pensionados y dicta otras disposiciones:

“Artículo 1. Las sumas de dinero que reciban los jubilados y pensionados del Estado y de la Caja de Seguro Social, no podrán ser objeto de gravamen por impuesto alguno y son inembargables, salvo el caso de las órdenes, judiciales expedidas por razón de pensiones alimenticias. Tales sumas sólo podrán afectarse por los descuentos previstos en el Decreto Ley 14 de 1954 y por las órdenes voluntarias emitidas por el jubilado o pensionado, que estén dentro del porcentaje permitido por esta Ley”.


Por su parte, la presidenta de la Asociación Bancaria de Panamá (ABP), Aimeé Sentmant de Grimaldo, aseguró que en todo los temas con los jubilados “cumplimos a cabalidad con la ley, tanto en las condiciones de crédito como con en las tasas que estipule y los requerimientos, así como las protecciones a nivel de cuáles son los créditos que damos y cuáles son las condiciones en caso de no pago”.


Si un jubilado o pensionado adeuda y no paga, el sector bancario continúa gestionando el cobro de lo adeudado y manteniendo el reporte de referencias en la APC Buro, de acuerdo a lo que establece el historial de crédito y regulación”.


Al consultar sobre el tema al Banco General, informaron que se “adhieren a la Ley 6 de 1987, la cual establece los beneficios a los jubilados y adultos de la tercera edad en Panamá”.

Ciara Morris
[email protected]
Twitter: @CiaraMorris21
Instagram: CiaraMorris21

TE PUEDE INTERESAR