Nacionales

Normas de tránsito para motos

La norma prohíbe frenar bruscamente y maniobras intempestivas a los conductores de cualquier vehículo a motor

05 de junio de 2025

La conducción de motocicletas en Panamá está regulada por la Resolución OAL N° 973 del 6 de agosto de 2013, emitida por la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), según explica Osiris Gratacós, directora de Educación Vial de dicha entidad.

Entre las disposiciones establecidas en el documento, el artículo 130 indica que “todo Conductor de bicicleta, triciclo o motocicleta lo hará sobre la montadura correspondiente, no podrá sostenerse o colgarse de los vehículos en movimiento y solo podrá llevar pasajeros, paquetes y otros artículos si el vehículo cuenta con facilidades diseñadas y construidas para tal fin”.

Mientras que el ápice B del artículo 131 establece el uso obligatorio de casco protector, de acuerdo con su modalidad, tanto para el conductor como para el pasajero.

Gratacós reitera que tanto las motocicletas como los triciclos deben contar con una luz blanca al frente y una roja en la parte trasera, las cuales deben mantenerse encendidas durante todo el día.

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motocicletas involucrados en accidentes de tránsito en 2023.
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