Se elimina uso obligatorio de mascarillas en instalaciones de salud
El Gobierno Nacional, mediante el Decreto Ejecutivo No. 65 ordenó el levantamiento del uso obligatorio de la mascarilla en las instalaciones de salud públicas y privadas en todo el país.
Con el objeto de evitar, controlar y mitigar la propagación del Covid-19, ocasionador por el virus SARS-CoV-2 y sus variantes, se ordenó el uso obligatorio del mismo, en marzo del 2020, cuando se detectó el primer caso de coronavirus en Panamá.
De forma paulatina y debido al avance científico para contrarrestar la propagación del virus en el país, el Ministerio de Salud fue levantado las restricciones del uso de la mascarilla en los espacios abiertos y cerrados; transporte público y selectivo, manteniendo su uso solamente en las instalaciones de salud públicas como privadas.
Hasta este 7 de diciembre de 2023, que fue promulgado en Gaceta Oficial, el Decreto Ejecutivo firmado por el presidente Laurentino Cortizo Cohen y el ministro de Salud, Luis Francisco Sucre, quienes eliminaron la obligatoriedad de su uso en las instalaciones de Salud (públicas y privadas en todo el país) y establece que el personal que labora en los mismos, deberá cumplir con lo establecido en las normas de medidas básicas para la prevención y control de las infecciones asociadas a la atención de salud.
Esta medida fue tomada en consideración a los resultados logrados por la estrategia de vacunación contra el Covid-19, la disminución significativa de los indicadores epidemiológicos y la adquisición de medicamentos de eficacia comprobada.
El Ministerio de Salud le reiteró a la población la importancia de prevenir el contagio del Covid-19 con el lavado constante de las manos y acudir a las instalaciones de salud para colocarse su vacuna, siendo las armas más eficientes para cortar la cadena de transmisión del virus y con ello, continuar contrarrestando la propagación de esta enfermedad.
Igualmente informaron a los usuarios de las instalaciones de salud, incluido los pacientes y visitas, que deben cumplir con las medidas de prevención y control de infecciones que le indique el personal de salud, así como las reglas que se establezcan en el ingreso.
Establece el Decreto Ejecutivo que las medidas de bioseguridad establecidas por el Ministerio de Salud deben cumplirse con las áreas de riesgo y por parte de las personas vulnerables.