Política

Abogados piden archivo de la demanda de inconstitucionalidad a Mulino

Los juristas Ítalo Antinori, Miguel A. Bernal, Juan Carlos Araúz y José Alberto Álvarez se presentaron en la Corte Suprema para pedir el archivo de la demanda contra el acuerdo de Pleno 11-1, dictado por el Tribunal Electoral

30 de abril de 2024

Un grupo de abogados acudió ayer a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para solicitar, que al momento de resolver sobre la candidatura de José Raúl Mulino, se declare la sustracción de materia y se archive la demanda de inconstitucionalidad.

La petición “urgente” fue presentada por los abogados Juan Carlos Araúz, Miguel Antonio Bernal, Ítalo Antinori y José Alberto Álvarez, en relación con la acción de inconstitucionalidad presentada contra el acuerdo del Pleno 11-1 de 4 de marzo, dictado por el Tribunal Electoral.

“Es una solicitud especial y urgente dirigida al magistrado ponente de este caso (Olmedo Arrocha), donde le planteamos dos aspectos modulares, el primero es que el artículo 2573 del Código Judicial que establece que las decisiones de la CSJ en materia de inconstitucionalidad son finales, obligatorias y no tienen efecto retroactivo”, manifestó Antinori, quien agregó que la solicitud fue recibida en la secretaria general de la Corte.

Faltando menos de una semana para las elecciones, los juristas esperan un anuncio de la Corte Suprema de Justicia
“Demanda debe ser declarada no viable”, según el abogado Miguel Ángel Delgado

T.Jiménez | Para el abogado Miguel Ángel Delgado, la Corte Suprema de Justicia debe declarar “no viable” la demanda de inconstitucionalidad presentada en contra del acuerdo 11-1 de 4 de marzo de 2024, emitido por el Tribunal Electoral.

“La demanda interpuesta por la abogada Karisma Karamañites habla de aspecto de ilegalidad, es decir de interpretación y aplicación del Código Electoral por parte de los magistrados del TE, no establece aspectos de constitucionalidad, y siendo facultad privativa del Tribunal Electoral la interpretación y aplicación, la CSJ para poder opinar que no es inconstitucional, tendría que decir que los magistrados aplicaron incorrectamente la ley y eso le está prohibido a la Corte poderlo decir”, manifestó el abogado.

“Constitucionalmente, la Corte no se puede meter a opinar sobre una valoración que han hecho los magistrados del TE”, reiteró. “La demanda no debió ni siquiera ser admitida, está mal presentada”, dijo Delgado.

”Creo que se puede aplicar el principio de interpretación constitucional de prudencia, que el juez tiene que ponderar la consecuencia de la emisión de su fallo en la sociedad”.

”Espero que la decisión de la CSJ sea lo más pronto posible, a fin de resolver está gran interrogante que tiene el pueblo panameño, faltando pocos días para las elecciones”.

”Creo que esto no debió ser admitido por la Corte (la demanda). Es un exabrupto como tal, no hay logicidad a raíz de la impugnación que se le está dando”.

”Debe permitirse al electorado la oportunidad de decidirse por el candidato de su preferencia y se le negaría un derecho si se inhabilita un aspirante en un momento cercano a la elección”.

”Desde un inicio hemos indicado que esa demanda no tiene pie ni asidero constitucional de ninguna naturaleza. Le toca a la Corte ahora que se pronuncie rubricando el concepto que ha emitido el Procurador (Javier Caraballo)”.

“Ese tema de controversia sobre si Mulino era un suplente o vicepresidente, y si tenía derecho a ser candidato, fue resuelto en ese acuerdo de Pleno 11-1”.

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