Con una multa de 50 mil dólares, la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) sancionó a la empresa Claro Panamá S.A por incumplir la Ley 31 de 8 de febrero de 1996, que dicta las normas para la regulación de las telecomunicaciones en la República de Panamá.
Mediante una resolución la ASEP estableció que las llamadas realizadas desde celulares Claro Panamá, S.A., en su modalidad de prepago y postpago, a la línea 800 de las concesionarias Telecarrier, Inc; Galaxy Communications Corp;, Advanced Communications Network, S.A; y Telecomunicaciones Corporativas Panameñas, S.A; no fueron completadas, porque no estaban interconectadas.
Esta resolución ordena el acceso a las series numéricas 800, para el servicio especial de Cobro Revertido Automático.