Economía

Ley de Patrimonio Familiar Tributario exonera y reduce el impuesto inmueble

02 de agosto de 2019

Ley de Patrimonio Familiar Tributario o Vivienda Principal fue aprobada en el año 2017 y consiste en una reforma integral para una reducción y exoneración del impuesto de inmueble que comenzará a regir desde enero de 2019.


De esta reducción o exoneración del impuesto de inmueble solo se beneficiarán los contribuyentes que se acogan a la normativa antes de fin de año.


Con el nuevo beneficio fiscal las viviendas que tienen un valor de hasta los $120,000.00 no pagarán impuestos, las que tienen un valor de $125,000.00 a $700.000.00 pagarán una nueva tasa de impuestos de 0.50% y las de $800.000.00 a $1,000,000,00 pagarán el 0.70%.


Según el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) “el patrimonio familiar es la vivienda principal de la familia, no importa cuántas propiedades tenga, una es la que va a declarar. La vivienda principal es la que declara una persona no casada y la figura de Primera Vivienda aplica a las previas categorías”.


Se benefician: personas mayores de edad nacionales o extranjeras con permanencia en el territorio nacional; casados, solteros, padres solteros, jubilados, personas jurídicas con beneficiarios naturales; los fundadores o beneficiarios finales de las fundaciones privadas y fideicomisos.

Para inscribir la vivienda principal como PFT, y acogerse al beneficio fiscal de la exoneración del impuesto de inmuebles sobre esta propiedad, el contribuyente deberá presentar una solicitud simple a la Dirección General de Ingresos y una declaración jurada del propietario legítimo del bien inmueble, detallando el uso de dicha vivienda.

Proceso para acoger vivienda bajo el beneficio

Ml | Los procedimiento para amparar su propiedad bajo la Ley de Patrimonio Familiar Tributario o Vivienda Principal son los siguientes: ingrese a la página dgi.mef.gob.pa, seleccione DGI en línea, inicie sesión: coloque su número de RUC y su NIT. En la pantalla principal entre a Inmueble y escoja Solicitud de Patrimonio Familiar Tributario o Vivienda Principal, luego llene los campos obligatorios marcados con asterisco (*).


Presente su solicitud y para finalizar adjunte los documentos solicitados.

Yessika Calles
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Instagram: yessika_calles

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