Panamá sube aranceles en los productos de importación
En la Gaceta Oficial 28445-C de martes 16 de enero de 2018 se publicó los detalles de Decreto de Gabinete No. 1 de 10 de enero de 2018. “Es un deber y un objetivo del Gobierno Nacional adoptar las medidas necesarias para garantizar la protección de los interés esenciales para el mantenimiento armónico de estas relaciones comerciales internacionales a través de este Decreto de Gabinete, a efecto de que incidan positiva y directamente en la circulación de flujo comerciales libres y equilibrados”, se lee en el documento.
Productos sin descafeinar alcanzan el 60% de Derechos Arancelarios a la Importación (DAI), mientras que flores (rosas, claveles, crisantemos, calas, alstroemerias, gladiolas), Confetis, caramelos pastillas, gomas azucaras, bombones, papel higiénico, toallas, puertas y ventanas (con o sin vidrio), entre otros productos alcanzan el 30% del DAI.
“Las mercancías originarias o provenientes de países con los cuales la República de Panamá mantiene Tratados de Libre Comercio, de los países de menor desarrollo económico relativo, en el marco de la asociación latinoamericana de la integración (Ecuador, Bolivia y Paraguay y de la Zona Libre de Colón, quedan excluidas de la aplicación de esta medida”, establece el Decreto.
A partir del 1 de enero de 2019 se aplicará un derecho arancelario de la importación igual al derecho arancelario existente al momento de la promulgación de esta norma que rige desde el 1 de febrero de 2018.

