Advierten riesgo de ley que busca eliminar el historial de condena
La iniciativa busca cancelar registros policiales de personas rehabilitadas condenadas por delitos de hasta tres años, pero diputados y abogados advierten sobre sus posibles alcances y cómo afectaría la finalidad disuasiva de las penas
La Comisión de Gobierno de la Asamblea prohijó el Proyecto de Ley N°697, que propone regular la cancelación de registros policiales de personas rehabilitadas. La iniciativa, promovida por el diputado Isaac Mosquera, busca eliminar barreras laborales y sociales derivadas de antecedentes catalogados como “penas perpetuas indirectas”.
La ley aplicaría a delitos de baja lesividad, con penas de prisión de hasta 3 años, requiriendo la indemnización obligatoria a las víctimas. No obstante, quedan excluidos delitos graves como homicidio, delincuencia organizada, narcotráfico y abuso sexual. Mosquera sostiene que “uno de los fines esenciales del derecho penal moderno es la resocialización de las personas”.
No obstante, Alexandra Brenes, diputada miembro de la Comisión, indicó que entre los delitos penalizados de 1 a 3 años de prisión está la corrupción. “El problema más grande que hoy tiene este país es la corrupción, aparte del desempleo, aparte de la inseguridad, y este proyecto incluye proyectos contra la administración pública, por lo que no podría avalarlo”, destacó.
En tanto el, el abogado Rodrigo Noriega fue crítico de la iniciativa. “Este proyecto de Ley busca tirarle la toalla a políticos y exfuncionarios condenados por delitos con penas inferiores a los 5 años de cárcel, para que puedan ocupar cargos públicos o puedan ser candidatos a cargos de elección popular. La amnesia social es la causa de muchos problemas, no la solución”.
Por su parte el abogado Juan Carlos Araúz detalla que “el principal riesgo estaría en confundir el derecho al olvido penal con la desaparición absoluta de la información. Los registros históricos deben conservarse bajo estricta reserva y permanecer disponibles para las autoridades cuando sean legítimamente necesarios”.