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Incremento salarial en la Corte genera debate

El ajuste salarial sería 4,000 mil dólares y equiparía el pago con el de la mayoría de magistrados en la región y lo que representa incremento del 66.7%, aunque al cierre de esta nota, no fue confirmado por el Órgano Judicial

23 de enero de 2025

Un posible aumento de salario de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia puede traer repercusiones en otras instancias, tal como lo establece la ley, esto explican diversos juristas.

La exprocuradora de la Nación, Ana Matilde Gómez, detalló que “por lo que se conoce en los medios, no me parece procedente, ya que debió haberse planificado en la elaboración del Presupuesto (del Estado) y si eso fuera así, el MEF debió saber que repercutiría en un número plural de funcionarios públicos que ganan igual salario (otros magistrados, Procuradores, Fiscal Electoral, etc). Ninguna sociedad justa y sana debe funcionar con acciones discrecionales, sino con leyes generales de sueldo, con criterios y parámetros técnicamente justificados”.

Gómez cuestionó que no “se comprendan las condiciones financieras del país y que una decisión unilateral de esta naturaleza, tiene un impacto en toda la sociedad”.

Por su parte, el expresidente del Colegio Nacional de Abogados, Dionicio Rodríguez, planteó que el artículo 190 de la Constitución estipula que en el caso del Presidente y vicepresidente, el aumento salarial se ejecutaría en el próximo periodo presidencial.

“Si está prohibido para el Presidente, por qué no estaría prohibido para los magistrados de la Corte Suprema de justicia”, expresó.

Juan Carlos Araúz, expresidente del Colegio Nacional de Abogados, explicó que “la negativa del Contralor debe ser revisada a la luz, que ya existe un pronunciamiento sobre el presupuesto del Órgano Judicial y su especial regulación, si así se contempló en el presupuesto aprobado, no puede negarse el refrendo”.

Los nueve magistrados reciben un salario que oscila entre $6,060 y 6,240, más 4,000 por gasto de representación
Normas legales

ml | Código judicial. Artículo 411. El Procurador General de la Nación y el Procurador de la Administración tendrán la misma categoría, remuneración, garantías, prerrogativas y restricciones que los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia...

Constitución. Artículo 213. Los sueldos y asignaciones de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia no serán inferiores a los de los Ministros de Estado.

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