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Los cambios en el uniforme escolar dividen a la comunidad educativa

Padres de familia del colegio República de Chile expresaron rechazo a una variación en el vestuario para este año

03 de febrero de 2026

Nuevamente surge una polémica en torno al cambio de indumentaria escolar en algunas escuelas del país. Docentes y padres de familia consideran que esto representa un costo adicional en la compra de uniformes y más cuando se imponen las “ventas atadas”.

En esta línea, el administrador de la Acodeco, Ramón Abadi Balid, aclaró que “cuando los colegios cambian de uniforme, la compra en un proveedor específico solo puede ser una recomendación y no una obligación, y debe existir un margen de tolerancia que permita a los consumidores adquirirlos en otros establecimientos”.

Por su parte, Alberto Díaz, presidente de la Asociación Movimiento Gremialista de Educadores de la República de Panamá (ASOMOGRERP), expresó que “en los últimos años he visto cómo en varias escuelas se cambia la camisa tradicional por suéter tipo polo, y muchas veces uno se entera cuando ya todo está decidido, sin que expliquen bien por qué ni piensan en lo que eso significa en la casa. Ariel Hughes, presidente de la Asociación de Padres de Familia de Escuelas Oficiales y Particulares de Panamá (Anpafa), consideró que “el uniforme escolar fue concebido como un instrumento de igualdad, uniformidad y alivio económico para las familias, no como una carga financiera progresiva. Desde Anpafa, los padres de familia rechazamos y no avalamos esta medida”.

Se le consultó al Ministerio de Educación (Meduca) sobre el procedimiento para aprobar cambios en los uniformes, pero al cierre de esta nota no se obtuvo respuesta.

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“El suéter polo no es que sea malo. Puede ser más cómodo, más fresco y más práctico, pero cuando lo amarran a bordados, modelos específicos o compras ‘obligatorias’, ahí es donde se vuelve un problema”.

“La imposición de suéteres y variantes, muchas veces impulsadas por los propios centros educativos, incrementa injustificadamente los costos y vulnera el marco legal vigente: la Ley 45 de 2007, en su artículo 36”.

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