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Tribunal confirma por segunda vez la legalidad de la zonificación de San Francisco y la deja en firme

15 de mayo de 2026

El Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá volvió a fallar en contra de los recursos presentados por el abogado Roberto Ruiz Díaz y la Asociación Soy Paitilla contra el Plan Local de Ordenamiento Territorial (PLOT) de San Francisco, dejando definitivamente en firme el Acuerdo No. 270 aprobado por el Consejo Municipal de Panamá.

En su fallo, el Tribunal confirmó en segunda instancia la legalidad del PLOT y rechazó los amparos de garantías constitucionales promovidos por el abogado Roberto Ruiz Díaz y la Asociación Soy Paitilla, concluyendo que no se vulneraron derechos fundamentales ni el debido proceso durante la aprobación del plan urbanístico.

Los magistrados determinaron además que el proceso cumplió con la normativa vigente, incluyendo la consulta ciudadana realizada el 8 de septiembre de 2025, descartando así los principales argumentos utilizados para intentar tumbar el acuerdo municipal.

La resolución también reconoce que el Acuerdo 270 responde a la necesidad de ordenar territorialmente el corregimiento de San Francisco y que su elaboración contó con sustento técnico, coordinación institucional y espacios de participación ciudadana.

Pero el golpe judicial no terminó allí.

Luego de perder el amparo, la Asociación Soy Paitilla presentó una solicitud de aclaración alegando supuestas omisiones dentro del fallo emitido por el Tribunal. Sin embargo, el Primer Tribunal Superior rechazó de plano el recurso por improcedente.

Según la resolución fechada el 13 de mayo de 2026, el Tribunal concluyó que la solicitud no cumplía con los requisitos legales para una aclaración judicial y que únicamente reflejaba una inconformidad con la decisión adoptada.

Además, los magistrados señalaron que no existían errores de escritura, omisiones ni frases oscuras que justificaran modificar o aclarar el fallo previamente emitido.

Con esta nueva decisión, queda definitivamente firme el rechazo del amparo constitucional contra el PLOT de San Francisco y se ordena el archivo del expediente una vez la resolución quede ejecutoriada.

El Tribunal también otorgó a la parte accionante un plazo de un mes para retirar las pruebas aportadas al proceso; de no hacerlo, estas podrán ser destruidas conforme a lo dispuesto judicialmente.

Las decisiones judiciales respaldan nuevamente la actuación del alcalde Mayer Mizrachi, el Municipio de Panamá y la Dirección de Planificación Urbana durante todo el proceso relacionado con el PLOT de San Francisco.

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