Universidad de Panamá reitera restricciones sobre doble empleo a docentes de tiempo completo

El rector de la Universidad de Panamá (UP), Eduardo Flores, ha reiterado mediante una circular la normativa que regula el desempeño de profesores y servidores públicos administrativos que laboran a tiempo completo en la institución y en otras entidades públicas o privadas.
Esta medida busca garantizar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Constitución Política de la República de Panamá, el Estatuto Universitario y las resoluciones del Consejo Académico.
La circular R-D-0384-2022 y emitida el 18 de febrero de 2022, establece que:
-Prohibición de doble empleo a tiempo completo: Los profesores y administrativos nombrados a tiempo completo en la Universidad de Panamá no pueden ocupar otro cargo de tiempo completo en ninguna otra entidad, ya sea pública o privada. Esta restricción se fundamenta en el Artículo 303 de la Constitución, que prohíbe a los servidores públicos recibir dos o más sueldos del Estado y desempeñar puestos con jornadas simultáneas de trabajo.
-Trabajo a tiempo parcial sujeto a autorización: Los docentes a tiempo completo que deseen impartir clases o asesorías en otras instituciones deben solicitar autorización previa al Rector. Según el Artículo 209 del Estatuto Universitario, se debe verificar que no haya superposición con las 40 horas laborales en la UP. Además, los profesores con descarga horaria no podrán desempeñar funciones en otras entidades durante ese tiempo.
Ante esto, el rector ha solicitado a Decanos, Directores de Centros Regionales, Coordinadores de Extensiones Universitarias, Jefes de Unidades Académicas y Administrativas, así como a profesores y servidores administrativos, el estricto cumplimiento de estas normativas.
