Conozca cómo se pagan los días festivos del mes de noviembre
El trabajo en día de fiesta nacional se pagará con un recargo del 150% sobre el salario de la jornada ordinaria de trabajo, según lo estipula el Código de Trabajo, en su artículo número 46. En noviembre serán el 3, 5, 10 y 28
Se acercan festividades patrióticas y siempre surgen dudas por los días de asueto, cómo se pagan y cuáles son de descanso obligatorio.
Iniciando el jueves, 2 de noviembre, Día de los Fieles Difuntos, no es feriado, por lo que la empresa privada puede trabajar en su jornada completa. En tanto, el Gobierno Nacional emitió el Decreto Ejecutivo N°23 de 16 de octubre de 2023, mediante el cual se ordena el cierre en todo el país de las oficinas públicas, nacionales y municipales, desde la 1:00 p.m.
El Código de Trabajo establece como días de descanso obligatorio por fiesta el 3, 5, 10 y 28 de noviembre. Respecto al pago estipula que “se pagará con un recargo del 150% sobre el salario de la jornada ordinaria de trabajo, sin perjuicio del derecho del trabajador a que se le conceda como compensación cualquier otro día de descanso a la semana. El recargo del 150% incluye la remuneración del día de descanso”.
Los días mencionados los funcionarios no deberán laborar. Las empresas privadas deben realizar sus propios acuerdos con sus colaboradores.
Samuel Rivera, especialista en derecho laboral, explicó que “esos días se pagan si el trabajador labora ese día, debe ser remunerado con el 150% sobre la jornada ordinaria. Por ejemplo, si el trabajador gana $1 la hora, él estaría ganando $2.50 la hora ese día”.
”Eso se pone como una penalización al empleador que hace laborar al trabajador esos días de fiesta nacional, porque la gran mayoría de la población está descansando, y ese trabajador está laborando”, agregó. Rivera.
¿Cómo se paga el 5 de noviembre, que además de ser día de descanso obligatorio porque el día de fiesta nacional cae domingo? “El trabajo en ese domingo conlleva un recargo de 150%. En tanto, el día de descanso semanal se traslada para el lunes, por lo que, el trabajo en el día 6 de noviembre se remunera con 50% de recargo”, detalló el especialista en derecho laboral.
“Nos vamos a encontrar con dos fin de semana largos, eso va a impactar en la economía de las provincias, y en los hoteles que también se preparan para recibir más gente”.
“Lo que más se beneficia es el comercio, los almacenes y algunos lugares de venta de comidas. Para noviembre la gente compra y salen a la calle, así que eso ayuda”.
”Estas fechas siempre generan una actividad económica adicional importante porque se incrementa el turismo interno y aumento el consumo de las personas”.
”Los comercios se ven beneficiados con compras y los que están cerca de donde pasan los desfiles. El turismo en lugares de playas, son muy concurridos”.
”Los días de fiesta nacional se pagan si el trabajador labora, tal como lo estipula el Código de Trabajo en su artículo 46, con su recargo respectivo del 150%”.
”Algunos negocios generan y pueden dinamizar la economía. Se generan ventas de buhonerías y en restaurantes porque la gente se mueve donde están los desfiles”.