DGI anuncia medidas para la presentación del Cálculo Alterno del Impuesto Sobre la Renta
La Dirección General de Ingresos (DGI) reiteró a los contribuyentes que tienen períodos fiscales especiales, que el término previsto para la presentación de la declaración jurada de renta vence el próximo 31 de julio de 2020.
Explican, que después de esta fecha la DGI, tendrá un plazo no prorrogable de hasta tres meses, para pronunciarse sobre la solicitud de no aplicación del Cálculo Alterno del Impuesto sobre la Renta (CAIR), el cual transcurrirá a partir del 1 de agosto, esto según lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo 357 de 16 de julio de 2020.
Las solicitudes de no aplicación de CAIR presentadas con posterioridad al 31 de julio de 2020, en los casos de contribuyentes que tengan períodos fiscales especiales, deberán ser resueltas en el término de tres meses contados a partir de la presentación de su respectiva declaración de rentas.
El Decreto Ejecutivo 357, también dispone que vencido estos plazos sin que se haya expedido un acto administrativo relacionado con la solicitud del contribuyente, se entenderá que se ha admitido dicha solicitud.
Según la entidad, estas son medidas transitorias por la situación que atraviesa el país por la pandemia del Covid-19.