Economía

SBP expresa su preocupación por el FECI ante proyecto del sector agropecuario

02 de agosto de 2019

La Superintendencia de Bancos como administrador del Fondo Especial de Compensación de Intereses (FECI) emitió este miércoles 11 de abril de 2018 un comunicado en que expresa “su preocupación” sobre aspectos de interés que tienen que ver con la situación actual de este Fondo, a la luz de la reciente aprobación por insistencia en tercer debate, por parte de la Asamblea Nacional, del Proyecto de Ley 448 mediante el cual se modifica la Ley 4 de 1994, que establece el sistema de intereses preferenciales al sector agropecuario.
“El Sistema de Intereses Preferenciales al Sector Agropecuario se estableció por primera vez a través de la Ley 20 de 9 de julio de 1980. Esta Ley le otorgaba a la Comisión Bancaria Nacional (actualmente Superintendencia de Bancos), funciones de administración, disposición y control del denominado Programa FECI. En un principio el FECI, en adelante el Fondo estaba destinado principalmente a compensar por las tasas preferenciales aplicadas sobre todos los préstamos al sector agropecuario, otorgados por bancos y otras entidades financieras”, se lee en la nota. Este Fondo se sustentaba y respaldaba principalmente, hasta ese momento, con la retención de la suma equivalente al uno por ciento (1%) anual sobre los préstamos locales, personales y comerciales mayores de cinco mil balboas (B/.5,000.00), concedido por bancos y entidades financieras, explica.Mediante la Ley 4 de 1994, vigente hasta el presente, que subrogó la Ley 20 de 1980, el FECI seguía destinado en su totalidad para subsidiar los préstamos al sector agropecuario, pero se prestigiaba esta vez, los préstamos al sector agropecuario calificado, prosigue. Luego se aprobó la Ley 28 de 1995 que reformó la Ley 4 de 1994. Con esta reforma se introduce por primera vez una distribución de las sumas retenidas (el producto del 1% cobrado a los préstamos locales personales y comerciales) de esta manera: El 50% de las sumas retenidas pasaba al Banco de Desarrollo Agropecuario y el restante 50% se remitía al Programa FECI, para hacer frente a los subsidios otorgados a los préstamos agropecuarios calificados y al sector agroindustrial exportador de productos no tradicionales en las condiciones establecidas en el artículo 1 de la Ley, afirma.Más adelante, la Ley 49 de 2009, también reformó la Ley 4 de 1994, estableciendo una nueva distribución de las sumas retenidas, así: 50% de las sumas retenidas se reservó para el Tesoro Nacional con el objeto de cubrir el pago de los tramos preferenciales que contemplan los préstamos hipotecarios preferenciales a que se refiere el artículo 3 de la Ley 29 de 2008, el 25% se adjudicó al Banco de Desarrollo Agropecuario y el 25% restante, se destinó al Programa FECI, para la compensación de los descuentos en la tasa de intereses aplicados por los bancos y entidades financieras prestamistas.

“Como consecuencia financiera de esta modificación, el Fondo Especial de Compensación de Intereses, al que desde ese momento se le reduce en la mitad su asignación, tiende a ser deficitario. Los montos dispuestos, sobre todo, para compensar los intereses por los préstamos agropecuarios, empiezan a superar las sumas que entran al Fondo, producto de las retenciones. No obstante, este déficit es aliviado en gran parte por los abonos a algunos préstamos otorgados al Banco de Desarrollo Agropecuario y a diversas cooperativas agropecuarias a través de IPACOOP. La otra parte, es asumida por el Fondo del FECI a través del uso de la reserva técnica constituida por mandato legal. Sin dejar de mencionar el efecto positivo de las diligentes inspecciones realizadas para asegurar el buen uso del Fondo, vía retenciones, vía subsidios”, advierten en la nota.Esta proporción del 25% de las retenciones totales destinadas al Fondo, se mantiene hasta la modificación que se hizo a la Ley 4 de 1994, mediante la Ley 15 de 2015, con la que se dispuso disminuir la asignación al Fondo del 25% al 20% de las retenciones totales.“Es de relevancia hacer notar que, en este período de algo más de cinco años, las reservas del Fondo disminuyeron de cuarenta (40) millones de balboas, que había en el 2009, a treinta y un (31) millones de balboas en 2014. Esta reserva logró recuperarse en algo con la introducción del cargo del 1% sobre las operaciones de Factoraje Financiero con recurso que se dio mediante la Ley 110 de 2013, alcanzando la reserva, un monto de treinta y cuatro (34) millones de balboas en el 2016”, indica la nota firmada por Ricardo Fernández, presidente de la Comisión del Feci. En este período, además, se aumentó los porcentajes a ser subsidiados, el tope de los préstamos beneficiados y la cantidad de rubros a ser considerados. Hágase constar entonces, que, a enero de 2018, el monto de la reserva alcanza apenas los veinticuatro (24) millones de balboas. Es decir, como producto de las modificaciones a las que se ha sometido el régimen desde 2009, se han consumido dieciséis (16) millones de balboas de la reserva, o sea, el 40% de la misma. Bajo las mismas condiciones actuales se estima, conservadoramente, que la reserva podría durar unos tres (3) años, suerte que correría el mismo Programa. “Pero, esto no es todo. Como indicáramos al inicio de este comunicado, se ha aprobado por insistencia una nueva reforma a la Ley 4 de 1994 que, por un lado, disminuye de 20% a 12.5% la suma que recibiría el Fondo del total de las retenciones, para seguir cubriendo los subsidios, y por otro lado, aumenta la cantidad de rubros a ser subsidiados y los montos de préstamos que pueden subsidiarse. Adicionando que el BDA requiere que los préstamos que otorgue a bajo interés con dineros subsidiados del Fondo le sean igualmente compensados a la tasa regular del mercado. Todo esto, a ser cubierto con las exiguas entradas y la ya menguada reserva técnica, que se estima, podría no durar un año al ritmo que se proyecta”, agrega. “Lo preocupante es entonces que, de mantenerse la distribución aprobada, muy pronto no sería viable ni sostenible el manejo del Programa FECI al imposibilitarse que el Estado, por vía de este Programa, pueda hacerle frente a la compensación de los subsidios otorgados por la banca local, lo cual, era el principal objeto del Programa y, además, se daría como consecuencia, una drástica disminución del crédito al sector. La alternativa propuesta ha sido, y sigue siendo sencilla, asignar al FECI los recursos que le sean imperativos para cubrir sus obligaciones financieras y luego, realizar las distribuciones de los excedentes según sea considerado adecuado y necesario”, sugieren. Esta apretada relación de hechos dibuja de cuerpo entero la situación del Programa FECI y como administrador del mismo y presidente de la Comisión FECI debo exponer en su rigurosa realidad, concluye.

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