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CAMCHI celebra sus elecciones internas este viernes

22 de marzo de 2024

La Cámara de Comercio, Industrias, Agricultura y Turismo de Chiriquí (CAMCHI) celebrará este viernes, 22 de marzo, sus elecciones internas, para la ratificación de la Junta Directiva que aspira a liderar la organización empresarial durante el periodo 2024-2026.

La mesa de votación se habilitó desde las 8:00 a.m. y cerrará a las 6:00 p.m., en las instalaciones de la Cámara, donde se espera la participación del 35% más uno del electorado habilitado para ejercer su derecho al voto, comprendido por más 241 afiliados.

En esta ocasión los comicios se regirán por el nuevo estatuto, que permite entre otros aspectos, la extensión del periodo de administración de uno a dos años, indicaron de la CAMCHI.

La oferta electoral para este 2024, está conformada por la Nómina Única de Consenso denominada “Fortalecimiento Empresarial para un Crecimiento Sostenible”, encabezada por el actual presidente Jorge Tovar Vargas, quien se encuentra acompañado de un equipo de destacados profesionales vinculados a diversos sectores, entre ellos: Francisco Serracín reconocido por su fuerte vínculo al agro quien aspira a mantenerse como primer vicepresidente, Mavis Polo Cheva dedicada a la industria quien busca ocupar la segunda vicepresidencia; Ariemy Acosta Vega reconocida por su desempeño en el sector servicios aspira a ejercer el rol de secretaria, el destacado economista Iván Mastino, pretende ocupar el cargo de tesorero y Jorge Caicedo reconocido en la industria fungirá como subtesorero.

La oferta también la integra el destacado empresario Enrique Clement, Mireira Montero, Lourdes Arosemena, Argel Cerceño, Cristian Vargas, Martha Alvarado y Carlos Troetsch, ambos vinculados a la industria logística y turística, quienes esperan ejercer como directores suplentes.

Durante la fiesta electoral, los miembros inscritos al 31 de enero del presente año deberán encontrarse a paz y salvo al momento de votar.

Argelis Pinilla Palma, presidente de la Junta de Elecciones, dijo que “en ausencia del representante principal de la empresa afiliada, éste podrá otorgar un poder escrito a un representante o colaborador que forme parte o esté vinculado con la empresa”.

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