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Cinturón de seguridad en todos los ocupantes del vehículo es obligatorio, recuerdan autoridades

22 de octubre de 2023

El decreto 640 que regula la movilidad en todo el territorio nacional, establece que “es obligación de los conductores en los vehículos a motor excepto las motocicletas, el uso del cinturón de seguridad y exigir a los pasajeros su uso como medida de seguridad”.

Pese a que la regulación entró en rigor en 2006, aún existen conductores y usuarios que desconocen que el no portar el cinturón acarrea una sanción.

Ramón Tapia, director de educación vial de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) indicó el uso del cinturón de seguridad en todos los pasajeros está normado “no es un invento nuevo, está en el decreto 640 de 2006 que está vigente”. Además, resaltó que el cinturón “es para todos nosotros los usuarios de vehículos la mejor defensa contra cualquier tipo de accidente”.

Comentó que, es aún más importante si se trata de “conductores agresivos, borrachos o distraídos, porque cuando estás abrochado durante un choque este te ayuda a mantenerse seguro y protegido dentro del vehículo, evitando ser expulsado del mismo. Casi siempre cuando sales expulsado quedas con discapacidades permanentes e incluso puede ser letal”.

El director subrayó que “hay una triste realidad en Panamá. La gente generalmente acata el reglamento, pero no con el objetivo de salvar su vida, sino que lo hacen para no pagar la multa”.

“Estas medidas no son para poner una boleta más, son para que el usuario de los transportes, los conductores, los pasajeros tengamos mayores probabilidades de supervivencia y menos lesiones”, agregó Tapia.

“Usualmente los policías e inspectores habían estado infraccionando la falta del uso del cinturón de seguridad solamente en la parte de adelante del vehículo. Sin embargo, la ley los faculta por completo. Que no se haya hecho anteriormente no significa que no estaba en el reglamento”, declaró el director.

Por su parte, el subcomisionado Emiliano Otero, director nacional de Operaciones de Tránsito de la Policía Nacional (PN) expuso que el Artículo 122, de la citada ley, establece que “el conductor es responsable por la seguridad de todos los ocupantes del vehículo y de la carga”.

“Más que hablar de una multa, se trata de la responsabilidad del conductor. La sanción es la de siempre de B/.75.00, la ATTT no ha aumentado la cifra, es la misma”, concluyó.

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