Las consultas ciudadanas son necesarias, pero no vinculantes
El resultado de la consulta pública determina uno de los siete votos de la Junta de Planificación, entidad que evalúa y decide sobre las propuestas de zonificación, cambios de uso de suelo y planes de ordenamiento en distritos y corregimientos



El método de consulta ciudadana es un mecanismo que permite a la ciudadanía expresar sus opiniones, sugerencias y aportes sobre proyectos, normas, políticas o programas que los gobiernos locales está considerando, el cual no resulta vinculante, lo que significa que las propuestas de los ciudadanos no son obligatorias para la toma de decisiones públicas.
La decisión final de la consulta ciudadana se toma en la Junta de Planificación Urbana, encargada emitir una recomendación técnica y jurídica que luego es enviada al Consejo Municipal para su aprobación definitiva, explica la regente de la Junta Comunal de San Francisco, Serena Vamvas.
“La consulta pública no es vinculante por sí sola, pero sí lo es el voto ciudadano dentro de la Junta de Planificación, que representa la posición expresada en la audiencia. Es decir, el resultado de la consulta pública determina uno de los siete votos de la Junta de Planificación”, detalla Vamvas.
Esta agrupación está compuesta por siete miembros con derecho a voto: un representante de la Alcaldía (Dirección de Planificación Urbana), uno por el Consejo Municipal, de la sociedad civil, el del Colegio de Arquitectos, el del Colegio de Ingenieros, el sector académico y una ciudadanía (voto ciudadano a través del resultado de la consulta pública).
Temas como el uso de los fondos de Impuestos de Bienes Inmuebles (IBI) y los del Programa de Inversión de Obras Públicas y Servicios Municipales (PIOSPM), en juntas comunales y alcaldía; así como los cambios de zonificación del Planes de Ordenamiento Territorial (PLOT) Distrital o modificación a los acuerdos municipales o tarifas, requieren la convocatoria de una consulta ciudadana explica, Sol de Obaldía, directora de participación ciudadana de la Alcaldía de Panamá.
Al respecto, Miguel Batista, presidente de la Asociación de Municipios de Panamá, agrega que, sin consulta ciudadana, los fondos de IBI y PIOPSM no pueden ser utilizados. “Una vez aprobada la consulta ciudadana tiene que pasar al consejo Municipal donde las 3/4 partes de los miembros deben aprobarlo, para luego ser publicado en la Caceta Oficial y posterior a la junta directiva de Autoridad de Descentralización para su aprobación”, afirma Batista.